Denuncian a candidato Ricardo Belmont ante el JNE por vulnerar ley de silencio electoral –
Una denuncia se presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) contra el candidato presidencial Ricardo Belmont Cassinelli por vulnerar la normativa vigente durante el periodo de silencio electoral en el marco de las Elecciones Generales 2026 que se desarrollarán este domingo 12 de abril.
El documento, con fecha 11 de abril en Lima, señala que Belmont difundió contenido proselitista en una transmisión en vivo a través de su cuenta oficial de Facebook pese a la prohibición expresa de propaganda política en esa etapa del proceso.
Según el escrito presentado ante el organismo electoral, la transmisión se inició a las 9:54 de la mañana y concluyó a las 10:50 a. m. de este sábado.
La denuncia fue presentada por Alfredo Vignolo González del Valle, quien sostuvo que la emisión ocurrió en “Ricardo Belmont Cassinelli – Página Oficial” constituyó una infracción directa a las disposiciones establecidas por la normativa electoral vigente. En su comunicación, solicitó que el JNE adopte las acciones correspondientes conforme a ley.
El documento indica que el periodo de silencio electoral rige desde las 00:00 horas del sábado 11 de abril, es decir, 24 horas antes de la jornada de votación.
Durante ese lapso, la Ley Orgánica de Elecciones prohíbe de manera estricta toda forma de propaganda política, incluyendo su difusión en medios digitales y redes sociales.
Vignolo recordó que el Pleno del JNE aprobó el reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral para las Elecciones Generales 2026
El instrumento normativo establece las infracciones, así como los mecanismos de fiscalización y determinación de responsabilidades en caso de incumplimiento.
En el escrito, el ciudadano subrayó que los demás candidatos presidenciales respetaron las disposiciones vigentes, mientras que Ricardo Belmont contravino lo establecido al difundir el contenido señalado.
También advirtió que la normativa contempla sanciones que podrían incluir incluso consecuencias penales en casos de infracción a la prohibición de propaganda durante el silencio electoral.
El Jurado Nacional de Elecciones deberá evaluar la denuncia y determinar si corresponde iniciar un procedimiento sancionador en función de los hechos expuestos.
