Por ley promulgada en el Congreso, docentes sin maestría ni doctorado seguirán dictando clases universitarias –

Por ley promulgada en el Congreso, docentes sin maestría ni doctorado seguirán dictando clases universitarias –


El Congreso de la República promulgó, por insistencia, la Ley 32551, que modifica la Ley Universitaria en dos aspectos sustanciales relacionados a los grados académicos que deben tener los catedráticos para dictar clases en los claustros universitarios.

La norma incorpora dos disposiciones complementarias a la Ley Universitaria. Una establece que para aquellos catedráticos que ingresaron a la docencia «durante y hasta» la vigencia de la antigua ley universitaria -promulgada en 1983 y derogada en 2014- será «opcional» el requisito de contar con maestría o doctorado para dictar clases, tal como estipula la norma vigente.

Como se recuerda, la actual Ley Universitaria establece como «obligatorio» que los docentes tengan grado de Maestro para dictar clases en el nivel pregrado, grado de Maestro o Doctor para maestrías y programas de especialización, y grado de Doctor para la formación a nivel de doctorado; mientras que la antigua norma indicaba que, para el ejercicio de la docencia universitaria, se podía contar solo con título profesional.

En ese sentido, la Ley Universitaria vigente, al momento de su promulgación en 2014, estableció un plazo de 5 años para que los catedráticos sin maestría o doctorado pudieran cumplir con dichos requisitos. Sin embargo, a lo largo de más de 10 años, se han dado sucesivas prórrogas al plazo. La última ampliación, dispuesta por el Congreso, finalizó el pasado 30 de diciembre.

Sin embargo, el Pleno del Parlamento aprobó con 84 votos a favor, 4 en contra y 10 abstenciones la norma oficializada hoy, que no solo vuelve opcional el requisito para contar con dichos grados para los catedráticos que ingresaron a la docencia con la antigua norma, sino que, además, los exonera de esos requisitos académicos para ser promovidos en la carrera docente, pese a que esta es de naturaleza meritocrática.

Asimismo, la norma amplía hasta diciembre de 2026 el plazo para que los catedráticos que ingresaron a la docencia con la actual Ley Universitaria cumplan con tener maestría o doctorado para impartir clases en las universidades públicas y privadas.

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